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POLITICAZOS. Por. Jorca410. IMPROCEDENTE, MOCION DE CENSURA PARA CARRASQUILLA.

  • Foto del escritor: Informativo de la Costa
    Informativo de la Costa
  • 14 sept 2018
  • 2 Min. de lectura

Sin tirárnoslas de constitucionalistas, simplemente, haciendo acopio de mucho sentido común y algo de lógica, no somos optimistas, frente a la anunciada o potencial moción de censura, en contra del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Alberto Carrasquilla, luego de que se surta el debate parlamentario de control político, al que ha sido citado por el Senador de oposición, Jorge Enrique Robledo.

El debate, se origina en la actuación del funcionario, cuando en gobierno anterior, de Uribe Vélez, desempeñando el mismo cargo de ahora, promovió reforma constitucional con su correspondiente desarrollo legal, para permitir que las entidades territoriales, comprometiesen a futuro y con terceros financistas, recursos del Sistema General de Participaciones, destinados para agua potable y saneamiento básico.

El escándalo que ocupa espacios noticiosos en los medios de comunicación social, locales, regionales y nacionales, tiene lugar a partir de publicación del columnista de la Revista Semana, Daniel Coronel, destapando el hecho, de que una empresa privada, KONFIGURA, propiedad del entonces ex Ministro, en uso de las estipulaciones de la ley impulsada por éste, resultó extremadamente gananciosa en operaciones de crédito, adelantadas con municipios, 117 en total, que a la larga, resultaron perjudicados con las mismas.

Nuestro pesimismo se funda, primero, en las dudas de procedencia de la medida, por carencia del elemento primordial de actualidad, que creemos, implícito en el texto constitucional que instituye esa sanción moral y política para esos altos dignatarios del Estado.

Es decir, que los hechos, hubiesen sido realizados con la investidura pública ostentada ahora. No con la de antes de ayer -Gobierno Uribe-. Segundo, el arrastre político que la moción pueda tener. O sea, que alcance el número de votos necesarios para su aprobación o imposición. Se requiere mayoría de la mitad más uno de los miembros de la cámara que la decida. Para el caso, sería el Senado. Necesitándose entonces, 54 sufragios afirmativos, no obstante, la baja de Aida Merlano, cuya curul no cuenta para el quorum.

En ese escenario de la moción de censura, no es fácil contemplar a congresistas, jugándosela por la afirmación; nadie, a excepción de la oposición declarada oficialmente, quiere mostrarse como artífice político, en la tumbada de un Ministro, porque, se queda, mayormente expuesto, a una blanqueada burocrática. Ni esperanzas de un puestecito, en la frondosa nómina pública. Automáticamente se postula, como enemigo político del Presidente de la República, tabulado con ese INRI., en el computador de Palacio o Casa de los Colombianos, según Duque.

La característica de actualidad, la extraemos de la composición gramatical del canon constitucional, que construye la figura de la moción de censura. Allí se dice: “Una vez aprobada, el funcionario quedará separado de su cargo.” Confirmado seguidamente, con la expresión, de que la renuncia del funcionario afectado con la moción, no impedirá, la aprobación de la misma.

Otra cosa sería, la conciencia política. El pudor político y el respeto por la institucionalidad. En otro país, esto bastaría, para la renuncia voluntaria y apenada del servidor público. Pero estamos en Colombia, en donde, sin embargo, once (11) millones de votantes y el Presidente de la República, condenan la corrupción. Pero que muy a pesar de esa condena, éste, apoya a su Ministro.

 
 
 

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