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    Informativo de la Costa
  • 15 ago 2018
  • 3 Min. de lectura

Por: jorca410,

LUVIA DE DEMANDAS ELECTORALES II.

Está noticiado desde hace días, que en el Consejo de Estado, se tramita demanda en contra de las elecciones de Iván Duque, como Presidente y de Martha Lucía Ramírez, como Vicepresidenta. Se invoca en ésta, de que la segunda al mando, al aspirar a dicha dignidad Estatal, avalada por el Centro Democrático, rompió el imperativo constitucional, prohibitivo, de no hacer inscripción por distinta agrupación política, dentro del mismo proceso electoral.

Recuérdese, que Martha Lucía, a la consulta, llegó por recolección de firmas, con el nombre de Por una Colombia Honesta y Fuerte. En la columna de ayer, comentamos, que nos parece, sin futuro adverso, los resultados de esta acción, para los demandados. Ahora, veamos, las otras demandas.

Antes de aquella, se tramitan ya en el Consejo de Estado, la que va en contra de Angela María Robledo, por doble militancia y quien fuera fórmula vicepresidencial de Gustavo Petro y la de Antanas Mockus, por una presunta inhabilidad contractual. De Mockus, dijimos que es inexistente el impedimento que le alegan, por cuanto no hay prueba de la gestión personal, física, de él, en busca del contrato celebrado por la fundación presidida por Antanas.

La doble militancia de la Vicepresidenta de Petro, tampoco se configura, pues, aunque ella renunció al Partido Alianza Verde y a la Cámara de Representantes, días, y no un año antes, de la fecha de la elección presidencial e ir por colectividad política distinta, no estuvo en dicho pasodoble político, pues el escenario necesario para éste, lo explaya el calendario electoral, con la frase, elección siguiente.

La doble militancia surge, en una de sus hipótesis, cuando el candidato en elección siguiente, participa por partido diferente al que lo tiene en actualidad, con credencial de corporación pública. O ha renunciado, antes de un año. Esta, la que le imputan a Angela María, porque no pasó un año, entre su dimisión y la inscripción como postulada a la Vicepresidencia de la República.

A la hoy Representante a la Cámara, por Colombia Humana, Angela María Robledo, le falta el ingrediente de la elección siguiente, para que la suya, sea nula. Cuando se inscribió como aspirante a la Vicepresidencia –marzo 16- ya su siguiente se había consumado. El 11 de marzo tuvo lugar la renovación del Congreso de la República.

Y ella, Angela María, no estuvo ahí, con lo cual, rompió las ataduras jurídicas de militancia en el Verde. La derrota de Vicepresidenta, equivale a elección de Representante a la Cámara. Y por eso, posee tal investidura.

En cuanto a la de Mockus, nos chismosean, que tras dicha demanda, está el Partido Opción Ciudadana, porque según los informados, con la caída del elegido, al Verde, se le evaporarían los quinientos y pico (500.000) mil de votos, que obtuvo el renglón preferente del reconocido Senador de los shows didácticos; con lo cual, dicen, Opción, tendría opción de entrar, porque disminuiría el guarismo del porcentaje para el umbral, que no se alcanza, manteniéndose viva la elección de Antanas.

Por partida doble, no creemos en ese parto milagroso. La sentencia de nulidad de elección a corporación de elección popular, por inhabilidad del candidato, no afecta los votos recolectados por el Partido del afectado. Es más, el total de votos no sufre mengua alguna; puesto que ellos no se anulan; se anula la credencial, o sea, el acto que declara la elección. Tampoco, hay elementos constitutivos de la inhabilidad que se pregona.

 
 
 

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